Con la tecnología de Blogger.

jueves, 26 de marzo de 2015

El Club de Tenis Osca inaugura nuevas cubiertas para las pistas de pádel

El Club de Tenis Osca finalizo este mes las obras de las nuevas instalaciones cubiertas de pádel, por ello celebro un torneo inaugural durante los días 20,21 y 22 de Marzo. 

Estas nuevas instalaciones serán un referente en Huesca dada su modernidad, funcionalidad, solidez y adaptación al entorno de la nueva cubierta. 

CAPLI Ingeniería, ha colaborado con la empresa de montajes metálicos TALLERES LUPIÑÉN, en el diseño y ejecución de estas nuevas pistas cubiertas de pádel del Club de Tenis Osca.


lunes, 9 de marzo de 2015

La Industria Agroalimentaria, normativa que afecta a sus instalaciones.

Normativa que afecta a las distintas actividades desarrolladas en las cooperativas agroalimentarias.

Al igual que muchas industrias, las cooperativas agrícolas y ganaderas se ven afectadas por distinta normativa dependiendo de las actividades que se desarrollen en las mismas, esto implica además que hay que cumplir una serie de requisitos inherentes a esta normativa.
A continuación, enumeraremos alguna de la normativa por la que podrían verse afectadas directamente:

  •           En cuanto a residuos generados, La ley de residuos que establece el régimen jurídico de producción y gestión de residuos. Dependiendo del tipo y cantidad de residuos generados, se determina si el establecimiento ha de estar inscrito en el registro de productor o  pequeño productos de residuos peligrosos, o como deben almacenarse y gestionarse los residuos.
  •           En materia de Mercancías Peligrosas, el ADR (Acuerdo internacional para el transporte de mercancías peligrosas por carretera) establece una serie de disposiciones a cumplir.
  •           El Reglamento APQ (Almacenamiento de Productos Químicos) puede afectar a los distintos  almacenamientos de productos químicos que haya en el establecimiento.
  •           Los almacenes de productos fitosanitarios, además de verse afectados por la reglamentación sobre almacenamiento de productos químicos, también han de satisfacer lo establecido al respecto en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
  •           Además, dependiendo de la cantidad y tipo de riesgo asociado a los productos químicos o sustancias almacenadas (tóxicas, peligrosas para el medio ambiente, etc.), el establecimiento puede verse afectado por el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (Directiva SEVESO).
  •          La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en el marco de la misma el Real Decreto 681/2003 hace referencia a los lugares o zonas con riesgo de atmósferas explosivas (ATEX).
  •           Las instalaciones de protección contra incendios deben cumplir lo establecido en el Reglamento de Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales
  •          La instalación eléctrica deberá estar ajustarse al Reglamento electrotécnico para baja tensión (En caso de que el establecimiento disponga de centro de transformación propio, igualmente se verá afectado por el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
  •           Las instalaciones de equipos a presión (Instalaciones de aire comprimido, reactores, intercambiadores de calos, etc.), deben cumplir con lo establecido en el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
  •           Si el establecimiento cuanta con alguna instalación o máquina frigorífica (Refrigeración de agua, cámaras frigoríficas, etc.), esta debe cumplir con lo especificado en el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
  •           Las instalaciones y equipos utilizados en la distribución y utilización de los combustibles gaseosos y aparatos a gas deben cumplir unas condiciones técnicas, garantizando la seguridad de las personas y los bienes de acuerdo a lo indicado en el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias.
  •           En caso de que el establecimiento disponga de algún almacenamiento de gasóleo, bien para uso industrial, bien para suministro de vehículos, es necesario que este cumpla con lo especificado en el Reglamento de instalaciones petrolíferas y sus instrucciones técnicas complementarias.