La
seguridad en los Almacenamientos de Productos Químicos
El almacenamiento y utilización de productos químicos, sujeto a una
reglamentación específica de cierta complejidad y que trata de establecer las
mejores prácticas y medidas para realizar con seguridad estas actividades,
afecta a un elevado número de empresas.
La principal normativa que afecta a estas instalaciones es el Reglamento de Almacenamiento de Productos
Químicos, y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
¿A quién afecta este
Reglamento?
No siempre nuestras empresas son conscientes de que se hallan afectadas por
esta reglamentación. Muchas veces pensamos en grandes plantas petroquímicas,
pero la realidad es que gran número de establecimientos de otros sectores
(talleres, industrias del metal, materiales de construcción, incluso
agroalimentarias) utilizan estos productos y sus almacenamientos pueden verse
afectados.
En principio, siempre que utilicemos y almacenemos sustancias
etiquetadas podríamos vernos afectados por el Reglamento APQ (salvo que las
cantidades almacenadas sean muy pequeñas, por debajo de los umbrales del ámbito
de aplicación).
El término “almacenamiento” incluye no solamente a los depósitos de
almacenamiento a granel, sino también a los “almacenamientos en recipientes
móviles” (bidones, garrafas, botellas, latas, etc)
¿Cuáles son los
requisitos exigidos por el Reglamento?
El Reglamento APQ incluye 9 instrucciones técnicas complementarias (ITCs)
que establecen disposiciones específicas para determinadas sustancias:
-
ITC APQ-1: líquidos inflamables y combustibles
- ITC APQ-2: óxido de
etileno
- ITC APQ-3: cloro
- ITC APQ-4: amoníaco
anhidro
- ITC APQ-5: gases
comprimidos, licuados o disueltos a presión
- ITC APQ-6: líquidos
corrosivos
- ITC APQ-7: líquidos
tóxicos o nocivos
- ITC APQ-8:
fertilizantes a base de nitrato amónico
-
ITC APQ-9: peróxidos orgánicos
Cada una de estas instrucciones técnicas establece las condiciones y
medidas de seguridad a implantar, en función del tipo de sustancias
almacenadas, tipo de almacenamiento y cantidades. Las medidas de seguridad por
lo general regulan aspectos como:
-
Distancias a otras instalaciones, límites de propiedad o vía pública
- Medidas de prevención
de derrames accidentales
- Medidas de prevención
y lucha contra incendios
- Medidas de seguridad
para los usuarios y operadores
- Limitación de
cantidades a almacenar en determinadas tipologías
-
Documentación para la puesta en servicio, inspecciones y revisiones
periódicas
¿Cómo debo legalizar
un almacenamiento de productos químicos?
De forma general, el proceso para la legalización de un almacenamiento es
el siguiente:
-
Elaboración de un Proyecto Técnico, que describe y clasifica los productos,
identifica los riesgos y las medidas de seguridad exigibles, y proyecta las
instalaciones justificando su cumplimiento
-
Una vez ejecutadas las instalaciones, certificación de las mismas
(aportando en su caso los certificados de fabricación de depósitos, actas de
pruebas realizadas, etc)
En determinados casos, el Proyecto puede sustituirse por una Memoria
técnica de contenido más sencillo. Sin embargo en estos casos la certificación
final debe ser realizada obligatoriamente por un Organismo de Control
Autorizado.
¿Qué sucede con las
sustancias etiquetadas que no están incluidas en ninguna ITC?
El Reglamento afecta a todas las sustancias etiquetadas con algún riesgo o
peligro, estén o no incluidas en las ITCs.
Por lo tanto, cuando un almacenamiento contiene productos no incluidos en
una ITC (por ejemplo “Irritantes”, o “Peligrosos para el medio ambiente”, o
sólidos con cualquier peligrosidad), sigue siendo necesaria su legalización
mediante el Proyecto Técnico y el posterior Certificado. En este caso, las
medidas de seguridad a aplicar serán las que el proyectista considere
convenientes.
Las fichas de datos de seguridad (FDS ó MSDS = “material safety data sheet”)
elaboradas por los fabricantes de productos químicos, son una herramienta
fundamental para evaluar los riesgos y las medidas de seguridad más adecuadas.